Unidos por el Folklore en la Educación

Unidos por el Folklore en la Educación estÔ conformada de diversas agrupaciones, asociaciones y profesionales del folklore interesados en que se apruebe como Ley de la República la enseñanza del Folklore panameño como asignatura en el Sistema Educativo.

Apoyamos el Proyecto de Ley 499 que establece la enseñanza obligatoria de la asignatura de Folklore en los planes de estudio del Ministerio de Educación de PanamÔ.

Como ciudadanos debemos apoyar esta iniciativa porque es un derecho universal recibir una educación de innovación y calidad del conocimiento. Cabe destacar que el artĆ­culo 95 de la Constitución establece ā€œLa Educación oficial es gratuita en todos los niveles preuniversitarios. Es obligatorio en el primer nivel de enseƱanza o educación bĆ”sica generalā€.

La Constitución de la República Panameña, en su artículo 87 establece:

ā€œEl Estado reconoce que las tradiciones folclóricas constituyen parte medular de la cultura nacional y por tanto promoverĆ” su estudio, conservación y divulgación, estableciendo su primacĆ­a sobre manifestaciones o tendencias que la adulterenā€.

Constitución de la República de PanamÔ, Articulo 87

Podemos destacar otras leyes que favorecen este iniciativa: la Ley 35 de 2003 sobre Patrimonio Cultural, la Ley 47 de 1946 OrgÔnica de Educación en su artículo 10 (numeral 6), establece que uno de los fines de la educación panameña consiste en impulsar, fortalecer y conservar el Folklore y las expresiones artísticas de toda la población, de los grupos étnicos del país y de la Cultura regional y universal, La Ley 175 de 2020 General de la Cultura en su Artículo 27 (políticas del Folklore) y el artículo 94 que se refiere a la promoción del estudio, conservación y divulgación del folklore como expresión cultural.

Es de conocimiento que existe la Ley 4 de 1988 la cual establece ā€œSe fomenta la enseƱanza de las Expresiones folklóricas tradicionales en las escuelas del paĆ­sā€. Sin embargo, la obligatoriedad se basa en las escuelas de Danza destacando los bailes regionales. Desde esta perspectiva solo se toman en cuenta algunos aspectos del folklore panameƱo. Han pasado 9 presidentes y 15 Ministros de Educación desde que se promulgó la Ley 4 del 28 de enero de 1988, actualmente algunos defienden que no es necesario una nueva Ley, sostienen que se debe reglamentar la existente, pero no podemos reglamentar lo que no estĆ” seƱalado en la misma, recordemos que no se desarrolló ningĆŗn artĆ­culo que establezca el Folklore como asignatura.